Código de conducta ESNNA y Kuntur Spirit Travel

En virtud de la Ley Nº 28251; El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) ha creado la política contra explotación sexual de niñas, niños y adolescentes (ESNNA) por lo que el código ESNNA y KUNTUR SPIRIT TRAVEL tienen un convenio de acciones conjuntas para prevenir y erradicar dicho problema. Por lo que declaramos que:
- Rechazamos la Explotación Sexual de Niñas, Niños y Adolescentes ESNNA en Perú y en el mundo, en general y en particular en su modalidad asociada a viajes y turismo, por ser una conducta que lesiona los derechos fundamentales de las personas, contraria a los objetivos intrínsecos de la actividad turística en nuestro país.
- Denunciamos y condenamos a quienes se valen de la actividad turística y de las instalaciones y servicios que ofrecen, para promover, facilitar o tolerar la ocurrencia de la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes; y en virtud de lo expuesto.
- Mantener una política ética de rechazo a la explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes en el contexto de los viajes y el turismo.
- Informar y capacitar al personal sobre la política de la empresa con respecto a la prevención de la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes en el turismo y viajes.
- Mantener símbolos visibles que alerten a clientes y proveedores sobre la posición respecto de la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes en el turismo y viajes.
- Incluir una cláusula en los contratos con los proveedores de servicios turísticos en donde se declare el común rechazo a la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes. Se usará el siguiente párrafo: “El turismo promueve una niñez y adolescencia sin explotación sexual, por lo tanto, nosotros no aceptamos cualquier acto que favorezca la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes”.
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